Según ha informado UGT, la sentencia del Alto Tribunal, emitida el 29 de octubre, reconoce que la carrera profesional forma parte de "las condiciones de trabajo" y, por tanto, está incluida en el ámbito de aplicación de una directiva europea que regula estos aspectos.
Así, se fija el criterio de que no puede haber "discriminación" en función de si la relación laboral del personal de una administración es temporal o fija.
En concreto, FesP-UGT presentó la demanda en nombre de una decena de interinos de la CAIB (cinco funcionarios y cinco laborales) a los que el Tribunal Supremo les ha concedido el derecho a la carrera profesional en pie de igualdad a los funcionarios de carrera y laborales fijos con al menos cinco años de antigüedad.
La organización sindical ha asegurado que esta sentencia del Supremo "fija doctrina casacional y deja claro que el personal interino tiene derecho a la carrera profesional si tiene contratos o nombramientos temporales superiores a los cinco años".
Además, ha señalado que con la sentencia se "abre el cauce" para que aquellas personas que cumplan los requisitos puedan ver reconocido su derecho a la carrera profesional.
"Emplazamos al Govern balear a cumplir con su propósito de no gobernar a golpe de sentencia y llegar a un pacto con el personal interino", han manifestado desde FeSP-UGT.
También desde la Federación han transmitido su satisfacción por el "justo" final de una "larga" lucha sindical y jurídica y han recalcado que, frente a lo que se cree, la carrera no es un "plus" sino un derecho que implica el pago de un complemento por "cumplir objetivos y formarse fuera de la jornada de trabajo".
Actualmente, la carrera profesional la percibe el personal que reúne los requisitos en el Ib-Salut, en servicios generales de la CAIB y en el Consell de Mallorca, así como en la mayoría de ayuntamientos. Se está negociando este complemento en el Consell de Formentera, de Menorca y, "no sin conflicto", en el Consell de Eivissa.