Así lo han anunciado la gerente de Habtur, Maria Gibert, y el abogado Tomás Villatoro, de Ius Aequitas, que asiste a la patronal balear en la demanda. Se trata del mismo despacho que dirigió el recurso de la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional, por el que el Tribunal Supremo anuló la limitación impulsada por el Gobierno canario. En el recurso en Mallorca, Habtur no ha pedido ninguna medida cautelar.
Gisbert ha defendido que en Mallorca se ha hecho "una zonificación injusta" que crea "ciudadanos de primera y de segunda clase". Habtur anunció la presentación del recurso en noviembre y ahora se materializa la demanda.
Como ha explicado el abogado, el recurso argumenta una presunta vulneración del principio de competencia, de derechos reconocidos por la directiva europea de servicios y de principios constitucionales como el derecho a la igualdad y a la propiedad privada.
Villatoro ha remarcado que la zonificación supone "una reducción de la oferta real de viviendas de uso turístico" y por tanto "una consolidación de las modalidades de alojamiento tradicionales", es decir la oferta hotelera. También ha avisado de la "pérdida de las externalidades positivas" derivadas de la actividad de los apartamentos vacacionales, como la "moderación del precio medio de alojamiento", el impacto sobre el comercio de proximidad o la "modernización de barrios y zonas deprimidas".
En este sentido, el jurista ha indicado que entienden que la regulación puede estar "enmascarando criterios de planificación económica", algo "expresamente vedado por la normativa europea", y por ello cree que si esto se acredita tendrán "muchas probabilidades de éxito" con el recurso.
Villatoro también ha rechazado que el alquiler vacacional sea el causante de la subida de precios de la vivienda, argumentando que, pese a la reducción del número de apartamentos turísticos, los precios residenciales han seguido increntándose. También ha recalcado que, según datos del estudio de InAtlas y Habtur, en Mallorca los apartamentos turísticos representan el 4,4 por ciento de las viviendas -excluyendo Mallorca-, mientras que la vivienda vacía alcanza el 12 por ciento.
En esta línea, Habtur considera que en la regulación del Consell de Mallorca no se acredita "el principio de necesidad" para establecer una limitación como ésta. "No está justificado el principio de interés general", ha apuntado.
El despacho de abogados también cuestiona la proporcionalidad de la medida y las memorias justificativas, porque sostienen que únicamente se han aportado datos de 2011 "obsoletos" exclusivamente sobre los núcleos de interior.
Por otra parte, a preguntas de los periodistas, la gerente de Habtur ha indicado que la asociación ha presentado este recurso y otro contra la zonificación de Palma, pero "no tienen nada que ver" con la querella planteada por la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur) contra el alcalde de Palma, Antoni Noguera.
Gisbert ha dicho que Fevitur decidió presentar esta querella -ya admitida a trámite- "unilateralmente" y sin consultarlo a Habtur, que forma parte de la federación.