La abogada ha explicado que "las víctimas deben aferrarse a lo que le cuentan sus padres adoptivos. Lo primero que podemos hacer es acudir al registro civil y buscar el certificado de nacimiento. En él debe constar una inscripción con los nombres de los padres biológicos".
En este sentido, Vidal ha remarcado que "el problema de los niños robados es que muchas veces en el registro directamente hacían constar a los padres adoptivos como los biológicos, incurriendo en una ilegalidad".
La letrada del Bufete Capellà ha afirmado que "no existe el delito de robo de niños en sí" y ha adviertido que "para poder acudir al Banco de ADN es necesario obtener una orden judicial, por ello, recomendamos que enseguida se denuncien los hechos".
Con todo, la abogada ha señalado que "la prueba de ADN corrobora que la que consta como tu madre biológica no lo es, desmintiendo el certificado de nacimiento" y ha puntualizado que "las testificales son muy importantes en estos casos. Padres, médicos, enfermeras... que admitan que han participado en estos delitos".
Con todo, Vidal ha querido dejar claro que "una cosa es el derecho del niño robado a conocer a su familia y otra que las madres a las que se ha privado de forma irregular de sus hijos puedan conocerles". De este modo, la abogada ha explicado que "la normativa no regula el derecho de las madres a poder conocer a sus hijos".
Además, Vidal ha recordado que "en una adopción legal, los niños adoptados tienen derecho a conocer a su familia biológica y sus orígenes".
En el vídeo podrá ver y escuchar la entrevista completa.