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El Govern mejora las prestaciones de la Renta Social Garantizada

El Govern ha aprobado un decreto ley de prestaciones para rebajar los requisitos y mejorar las cuantías de la Renta Social Garantizada (Resoga) con el objetivo de "equiparar" estas ayudas al Ingreso Mínimo Vital (IMV), convalidado esta semana.

Así lo ha explicado la consellera de Asuntos Sociales, Fina Santiago, junto a la portavoz del Govern, Pilar Costa, en la rueda de prensa posterior a la celebración del Consell de Govern.

Según ha explicado Santiago, el decreto rebaja a 23 años la edad mínima para solicitar la Resoga y reduce de tres a un año el requisito de estancia en Baleares.

Igualmente, aumenta las cuantías de las prestaciones con especial atención a los núcleos familiares con presencia de menores.

En todo caso, y según ha señalado la consellera, la Resoga pasa a ser "subsidiaria" y una "alternativa" a la prestación del Gobierno central aunque el IMV valora las rentas del año anterior mientras que la Resoga "atiene a las necesidades de vulnerabilidad en tiempo real" y manera especial a las necesidades "sobrevenidas".

Santiago ha destacado que el decreto confirma que la Resoga "no es una subvención sino una prestación" por lo que se han creado mecanismos de seguridad y agilidad para que un informe del personal técnico justifique la prestación.

Sobre la posibilidad de asumir la gestión del IMV, la consellera ha subrayado que, aunque Baleares está "preparada" para hacerlo, es "demasiado apresurado" ya que no se conocen las cuantías.

En todo caso, ha indicado que se irá avanzando "poco a poco" hacia la gestión del IMV por parte de los ejecutivos autonómicos.

TIPOS DE PRESTACIONES
El decreto desarrolla el artículo 22 de la Ley 4/2009 de Servicios Sociales de Baleares, que hace referencia a las tipologías de prestaciones económicas del sistema.

La nueva regulación establece tres tipologías de prestaciones sociales de carácter económico: las de derecho subjetivo, las de concurrencia competitiva y las de urgencia social.

Las prestaciones sociales de carácter económico de derecho subjetivo son la nueva Renta Social Garantizada, el complemento de Renta Social Garantizada y la Renta de Emancipación.

Las prestaciones sociales de carácter económico de concurrencia competitiva permiten desarrollar, al margen de la normativa de subvenciones, convocatorias de ayudas económicas que tengan una disponibilidad económica limitada; y finalmente, las de urgencia social permiten regular, sobre todo, las ayudas económicas básicas de los ayuntamientos, las de emergencia y las de apoyo familiar y apoyo a la inserción social.

RENTA SOCIAL GARANTIZADA
Según han explicado, la aprobación del Ingreso Mínimo Vital por parte del Estado ha creado un nuevo escenario en el campo de las prestaciones sociales.

Es por este motivo que la Conselleria de Asuntos Sociales y Deportes ha adaptado la Renta Social Garantizada a la nueva realidad, cubriendo el espacio de necesidades económicas emergentes y sobrevenidas de los isleños.

El Govern da hasta el 30 de agosto para que los actuales perceptores de la Renta Social soliciten el Ingreso Mínimo Vital a la Seguridad Social, lo que determinará si pasan a recibir la prestación estatal o mantienen la balear. En ningún caso, han señalado, se podrán recibir las dos prestaciones a la vez.

La Resoga es el nivel de renta mínimo que el Govern garantiza a los ciudadanos desde su aprobación el 2016. Con la modificación aprobada por el Govern equipará los perfiles de los perceptores y las cuantías de la prestación autonómica a la estatal.

A partir de ahora podrán ser titulares de la Resoga todas aquellas personas mayores de entre 23 y 65 años que vivan en situación de vulnerabilidad que no tengan acceso al Ingreso Mínimo Vital.

Además, también incluye a las personas mayores de 65 años que no puedan acceder a una pensión.

REQUISITOS
- Que hayan solicitado el IMV y tengan resolución desestimatoria por motivos de ingresos durante el ejercicio anterior pero que tengan, en el momento de la solicitud, ingresos inferiores a la cuantía de la Resoga.

- Que estén empadronadas en cualquiera de los municipios de Baleares en la fecha de la solicitud.

- Que acrediten una residencia en Baleares con un mínimo de 12 meses de antelación. Este requisito no se aplica a las personas menores de edad incorporadas a una unidad de convivencia por motivos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogida familiar permanente; a las personas víctimas de trata de seres humanos o explotación sexual; a las personas en situación de vulnerabilidad económica por no tener rentas, ingresos o patrimonio suficiente.

- Que ningún miembro de la unidad de convivencia tenga derecho a percibir otras prestaciones públicas, el importe de las cuales iguale o supere la prestación económica de la renta social.

- Que la persona solicitante, o cualquiera de las persones integrantes de la unidad familiar, no haya renunciado a una oferta de trabajo adecuada, según normativa laboral vigente, o haya causado baja voluntaria en su trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, en los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud de la renta social garantizada.

- Que la persona solicitante no sea beneficiaria de la Resoga o del IMV como miembro de otro núcleo familiar.

NUEVAS CUANTÍAS
A partir de ahora las cuantías de Resoga se equiparan al IMV y se actualizarán de acuerdo con su evolución o, en su defecto, aplicando el coeficiente a la cuantía anual de la pensión no contributiva por jubilación.

Una vez establecido el nuevo escenario de las prestaciones de carácter económico de derecho subjetivo, la Renta Mínima de Inserción, que gestionan los consejos insulares, queda sin efecto a partir del 31 de diciembre.

- Un adulto, de 459,14 a 461,53 euros
- Un adulto y un menor, de 596,88 a 701,53 euros
- Un adulto y dos menores, de 688,71 a 839,98 euros
- Un adulto y tres menores, 734,62 a 978,44 euros
- Dos adultos, de 596,88 a 599,99 euros
- Dos adultos y un menor, de 688,71 a 738,45 euros
- Dos adultos y dos menores, de 734,62 a 876,91 euros
- Dos adultos y tres menores, 780,53 a 1.015,37 euros
- Tres adultos, de 688,71 a 738,45 euros
- Tres adultos y un menor, de 734,62 a 876,91 euros
- Tres adultos y dos menores, de 780,53 a 1.015,37 euros
- Cuatro adultos, de 734,62 a 876,91 euros
- Cuatro adultos y un menor, de 780,53 a 1.015,37 euros

COMPLEMENTOS
El decreto crea el complemento de renta social de Baleares para adecuar las pensiones no contributivas al nivel de vida de las Islas.

Este complemento se dedicará prioritariamente a los perfiles de población que requieren de mayor protección social.

El complemento a las pensiones no contributivas se mantiene con el máximo legal posible que permite la legislación estatal: un 24,91 por ciento sobre la pensión, que equivale a un complemento máximo de 115 euros mensuales.

RENTA DE EMANCIPACIÓN
Por otra parte, la Renta de Emancipación que reciben los extutelados por la administración pasa a estar regulada por ley.

El objetivo, han explicado, es que estos jóvenes se puedan integrar gradualmente en la vida social y laboral, siempre que acrediten que no disponen de recursos económicos suficientes y vivan de manera autónoma.

Esta renta es incompatible con otras prestaciones de carácter económico subjetivo como la Renta Social Garantizada y el Ingreso Mínimo Vital.

Pueden acceder a ella todas aquellas personas que han sido tuteladas por la Administración que tengan entre 18 y 25 años. Pueden recibir esta prestación durante un máximo de 36 meses. Como se ha hecho con las mensualidades de la Renta Social Garantizada, la de Emancipación también se actualiza a 461,53 euros.

Actualizado: 14 de marzo de 2022

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