El informe también obliga a prohibir todos los tipos de comercialización de ETH en los núcleos litorales turísticos maduros o saturados hasta que no se introduzcan medidas de temporalización que eviten que esta actividad se produzca mayoritariamente en época estival. Lo contrario implicaría aún más saturación y, por tanto, más consumo de agua, más volumen de aguas residuales, más generación de residuos, más gasto energético y mayor volumen de tráfico y problemas con la movilidad.
Por último, el informe de la Comisión obliga a prohibir cualquier modalidad de comercialización de ETH en suelo rústico común hasta que, mediante el acuerdo que proceda, se establezcan criterios y medidas ambientales de sostenibilidad, paisajísticas, de protección del patrimonio y de apoyo de la actividad agraria, y su reconocimiento a la contribución ambiental y de preservación del paisaje, los cuales deberán ser evaluados por la CMAIB.