Según ha explicado la organización en un comunicado, la modificación de la ley de Presupuestos del Govern para 2017 afecta a la reclamación de los trienios y sexenios de los trabajadores de la concertada.
En este sentido, ha destacado que la modificación contempla que "en caso que el titular del centro concertado presente formalmente la solicitud de financiación de los trienios con posterioridad al mes en que se devenguen, estos trienios se financian a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud".
Por ello, creen que el nuevo redactado es contradictorio con lo establecido en el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores y con sentencias recientes del Tribunal Supremo.
USO ha destacado que "la administración, como pagadora por delegación del empresario, es obvio que no debe asumir más responsabilidades que aquellas que asumiría el empresario en caso de que no existiera el pago delegado, pero tampoco puede asumir menos".
De esta manera, "no puede soslayar que el trabajador espere hasta un máximo de un año para reclamar el pago del sexenio devengado y cada una de las sucesivas mensualidades".