El pasado 1 de julio la plantilla de la U.D. Ibiza jugó un partido de entrenamiento con la primera plantilla de la SRC Peña Deportiva en las instalaciones del estadio municipal de Can Misses. Por tratarse de un entrenamiento no contó con árbitro, ni tuvo acceso a las instalaciones nadie que no formara parte de los citados. Para realizar este encuentro no competitivo, el club celeste solicitó todos los permisos necesarios en tiempo y forma a la Federació de Fútbol de les Illes Balears (FFIB) y al Ajuntament d’Eivissa.
Los protocolos de seguridad sanitaria se ajustaron a las normas establecidas por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) a través de su Circular 90. Este documento regula la celebración de estos entrenamientos preparatorios para las fases de ascenso a Segunda A y Segunda B que durante estos días se están realizando en muchas ciudades del país.
El pasado martes día 30 víspera del encuentro, los jugadores del Ibiza y la Peña se sometieron a un test serológico. Todos los resultados de las pruebas de detección fueron negativos y se remitieron a la FFIB (éstos a su vez a la Dirección de Deportes del Govern Balear) y al Ajuntament d’Eivissa. En la víspera del partido de entrenamiento, el ente federativo balear comunicó por escrito al Ibiza que no habría inconveniente para disputarlo si se cumplían los requisitos de la Circular 90 de la RFEF.
Resultan sorprendentes también las informaciones donde se afirma que la FFIB se negó a facilitar un árbitro para el amistoso debido a la falta de permiso de las autoridades sanitarias autonómicas. Ese punto es totalmente falso: el Ibiza nunca solicitó al ente federativo balear un colegiado para su entrenamiento competitivo con la Peña.
Por último, el citado partido de entrenamiento, no solo cuenta con la cobertura normativa, con la única autonómica publicada, para su realización a tenor del apartado VII “Medidas relativas a las condiciones en las que se deberá desarrollar la actividad deportiva” del Acuerdo del consejo de Gobierno de 19 de junio de 2020, por el que se aprueba el Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19, una vez superada la fase 3 del plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad publicado en el butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) de 20 de junio de 2020, sino que, además, tuvo lugar observando todas y cada uno de las previsiones de los artículos 3, 5 y 6 del referido apartado VII. Como especifican los referidos puntos 3, 5 y 6 del apartado VII, se permite la organización de actividades deportivas entre grupos estables de hasta 30 personas. Es evidente y notorio que las primeras plantillas celeste y peñista son grupos estables, y que además están controlados por los servicios médicos de cada club desde que se detectaron los primeros contagios de coronavirus en Balears.