Los seis hermanos Ruiz-Mateos no entrarán, por ahora, en la cárcel

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares ha dictado este miércoles un auto en el que desestima la petición de prisión provisional incondicional efectuada por la Fiscalía en relación a Álvaro, José María, Zoilo, Francisco Javier, Alfonso y Pablo Ruiz-Mateos.

De esta manera, la Audiencia mantiene las medidas cautelares de comparecencias, retirada del pasaporte, así como la prohibición de salida de territorio nacional. Contra la resolución cabe recurso de súplica, han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

Aunque la Fiscalía pidió pena de prisión al considerar que han sido condenados en primera instancia "a penas graves" que oscilan entre los cinco años y 11 meses y seis años y seis meses, la Audiencia considera el "arraigo personal de los acusados a Madrid" donde residen sus "numerosas familias", así como su "actitud procesal", entre otras cuestiones apoyadas por distinta jurisprudencia y desestima la petición del Ministerio Fiscal.

En concreto, la Sala señala que debido este arraigo parece que se puede "excluir el riesgo de fuga" y resalta que "en ningún momento han tratado de eludir la acción de la justicia, pese a las penas a que han sido inicialmente condenados", tal como resalta su defensa.

Así, explican que "el único dato nuevo" es que han sido "inicialmente condenados a dos delitos y a penas, que salvo un caso superan los seis años des prisión".

A pesar de que esto justificaría su ingreso en prisión, la Sala considera "razonable mantener su situación de libertad provisional" por lo expuesto anteriormente.