El Pleno del Consell fija en 20.168 el número máximo de vehículos que podrán circular en la isla de Ibiza en verano

Se fija un tope de 16.000 vehículos de alquiler sin conductor que pueden circular diariamente por la isla y residentes en Formentera, de 120
LIMITACIO VEHICLES 1

Sin contar los vehículos con residencia fiscal en la isla de Ibiza, los de Formentera y los Rent a car, podrán circular 4.048 coches a diario

Se fija una tasa que va desde 1€/día para turismos hasta los 1.500 euros por temporada a las flotas de alquiler de más de 900 vehículos

El Pleno del Consell d'Eivissa, en sesión ordinaria del mes de marzo, ha aprobado, por primera vez en la historia, el establecimiento de limitaciones en aplicación del dispuesto a la Ley 5/2024 de 11 de noviembre, de control de afluencia de vehículos en la isla de Ibiza para la sostenibilidad turística del año 2025. El vicepresidente primero, Mariano Juan, ha explicado que gracias a la propuesta aprobada hoy, se fija el número máximo de 20.168 vehículos en circulación diariamente, entendido como el exceso sobre los vehículos con residencia fiscal en la isla de Ibiza así como el resto de exceptuados en el artículo 3.2 de dicha ley: vehículos de propietarios de una vivienda en la isla (máximo uno por propietario), vehículos del resto de islas que acrediten la necesidad habitual de desplazarse a Ibiza por motivos laborales, vehículos al servicio de personas con movilidad reducida, vehículos oficiales y de servicio público, vehículos de transporte de bienes y mercancías, tractores, excavadoras, motos, etcétera.

Estos 20.168 vehículos se distribuyen en cuotas específicas para personas residentes en Formentera, que contarán con una cuota reservada de 120 vehículos diarios y vehículos de alquiler sin conductor, que se limita a 16.000 vehículos diarios. El resto de vehículos, 4.048 coches, necesitarán una autorización previa que tendrán que tramitar a través de la naviera o de la web que prepara el Consell d'Eivissa, y estará sometido a la disponibilidad de cuota así como del pago de la tasa correspondiente.

En cuanto a las caravanas, la ley fija que únicamente podrán circular y permanecer en la isla aquellas domiciliadas en Ibiza o aquellas que cuenten con una reserva de plaza asignada en un campamento de turismo de la isla para su estacionamiento y pernocta, siempre que no se encuentre superado el valor máximo de 4.048 vehículos diarios en total. A tal efecto se tendrá que aportar documentación probatoria de esta circunstancia para poder obtener la correspondiente autorización.

En cuanto a las alegaciones a esta norma, se han recibido 58 alegaciones, el 33% de las cuales han sido estimadas. Las propuestas incorporadas corresponden a la aceptación de la propuesta de establecer una cuota de 120 vehículos reservados para residentes en Formentera, ajustando los criterios de proporcionalidad entre islas.

También se ha estimado la inclusión del sistema de solicitud de cups y el principio de transparencia en el reparto para los vehículos de alquiler, junto con la creación de un sistema de control para adecuar los cups a los vehículos comercializados, con fechas específicas para verificar el cumplimiento. Además, se han considerado necesarias medidas como la posibilidad de que estas empresas puedan renunciar a parte de su cuota antes del 15 de junio sin penalización y el registro de vehículos particulares y plataformas de alquiler. Estas propuestas pretenden mejorar el equilibrio y el funcionamiento del sistema planteado.

Por todo esto, el vicepresidente Mariano Juan ha concluido que «esta primera cuota nos dará todos los datos para saber si nos hemos pasado o si nos hemos quedado cortos y nos permitirá ajustarlo en próximos años a la realidad de nuestra isla».


Ordenanza fiscal
En el mismo sentido, el Pleno del Consell Insular d'Eivissa ha aprobado provisionalmente una ordenanza fiscal que regula una nueva tasa para la obtención y control de la autorización de entrada y permanencia de vehículos motorizados. Esta medida, que se inscribe en el marco de la Ley 5/2024, fija una tasa de 1 euro por día para los vehículos particulares no residentes, aplicándose criterios específicos para fomentar la movilidad sostenible.

Por lo que hace a los vehículos de alquiler, se fija una tarifa proporcional al número de vehículos adjudicados, que va desde el 100 euros por temporada en aquellas cuotas de hasta 100 vehículos, a los 1.500 euros en flotas de más de 900 vehículos autorizados.

Además, la ordenanza prevé excepciones para residentes, propietarios de viviendas y otros casos específicos. El proyecto se someterá a exposición pública y está abierto a que los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas antes de su aprobación definitiva, destacando el compromiso del Consell en un desarrollo turístico sostenible y equilibrado.


El conseller de Hacienda, Salvador Losa, ha explicado que «el objetivo no es que quién pueda pagar pueda acceder. El límite no lo ponen los sueldos, sino la cuota» y ha incidido en que «la carga fiscal de esta Ley recaerá sobre el infractor, con sanciones que pueden llegar a los 30.000 euros».

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