Así se recoge en dos resoluciones que la Audiencia de Palma ha dictado este miércoles.
En una primera resolución, la Sección Primera estima el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía contra el auto de 3 de septiembre dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Valladolid sobre la clasificación de grado de Iñaki Urdangarin.
La Sala revoca la decisión del Juzgado y, por tanto, deja sin efecto la progresión al tercer grado penitenciario, y se mantiene así el segundo grado.
De acuerdo la Audiencia de Palma, "no se desprende de la conducta global del interno una evolución suficientemente favorable, por el momento, que permita inferir una capacidad para llevar en lo sucesivo un régimen de vida en semilibertad".
Por otra parte, en la segunda resolución dictada este miércoles, la Sala estima el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto del pasado 13 de agosto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Valladolid.
En el auto, relativo a las salidas los fines de semana de Urdangarin, la Sala estima que la concesión del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario es "prematura".
El abogado de Iñaki Urdangarin en el caso Nóos, Mario Pascual Vives, defendió este martes que la Audiencia de Palma rechazara el recurso de la Fiscalía y concediera el tercer grado penitenciario a su cliente, como ya tienen el expresidente balear Jaume Matas y su exsocio Diego Torres.
En una entrevista de Europa Press, Pascual lamentó que "otras personas en igualdad de circunstancias y de trato lo tienen desde hace meses. Es difícil de entender e incluso de aceptar" esta diferencia, dijo en alusión a los también condenados por el caso Torres y Matas.