El sindicato concreta que han interpuesto un recurso contencioso-administrativo especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona contra la resolución de 19 de julio de 2018 que estableció el secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, Pedro Saura, por "lesionar" el derecho de huelga, que también debían tutelar.
Los servicios jurídicos de USO inciden en el escrito de recurso en que la jurisprudencia de la propia Audiencia Nacional, en el caso de los servicios mínimos no indica, en principio, que ninguna actividad por sí misma sea esencial, y que ambos derechos, el de prestación de servicios y el de huelga, deberían haber sido ponderados, en lugar de prevalecer únicamente el de prestación del servicio.
Además, el sindicato argumenta que se debió tener en cuenta la cancelación previa por parte de Ryanair de 418 vuelos entre islas y península y no hacer recaer la obligación de asegurar el derecho de circulación únicamente sobre los trabajadores en huelga, lo que para USO "supone vaciar de contenido el propio derecho de huelga".
"Incluso hay un quebranto en el derecho de huelga al incluir en dichos servicios mínimos a vuelos con base fuera de España, que ni siquiera iban a estar operados por trabajadores españoles", explica Ernesto Iglesias, responsable de Vuelo de USO Sector Aéreo.
Entre otros de los motivos aducidos en el recurso, el responsable de USO resume algunos, como que la resolución hace referencia al personal necesario de tripulantes de técnicos de vuelo en lugar de tripulantes de cabina y pasajeros, que era quienes iban a la huelga.
También habla de vuelos de carga, cuando Ryanair nunca los realiza. Y, un aspecto que consideran "muy grave", que es el dejar en manos de la empresa establecer el servicio de "imaginarias" (guardias), lo que provocó que la aerolínea llamase a todos los tripulantes de cabina y pasajeros disponibles, algo que según USO está "fehacientemente documentado por la Inspección de Trabajo en sus visitas a las bases".