Fasillar interpuso un recurso tras la presunta desestimación, por silencio administrativo de una reclamación patrimonial que presentó en noviembre de 2009 ante el Govern.
En este recurso pedía que se le indemnizase con hasta 11,5 millones de euros por los daños y perjuicios ocasionados por los efectos derivados de la aplicación de la ley de 2008 de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en Baleares.
Según recoge la sentencia, esta normativa "provocó la desclasificación" de terrenos de su propiedad en la urbanización de Biniorella en Andratx, "convirtiéndolos en suelo rústico de especial protección, calificados como Área Natural de Especial Interés (ANEI)".
En el escrito, los magistrados de la Sala apuntan a que se trata de una "indemnización de daños y perjuicios ocasionados por la desclasificación de unos terrenos que aún no cuentan con construcciones".
"Por lo tanto, incluso aceptado, como la CAIB propone en su contestación a la demanda, que se trata de un paisaje abierto y natural, en definitiva lo que los artículos 138.b) del Texto Refundido de la Ley del Suelo y 98 del Reglamento de Planeamiento protegen es el impacto que ocasionan los proyectos constructivos", se expone en la resolución.