Para ello existen fórmulas legales que protegen el derecho de los abuelos a seguir manteniendo un régimen de visitas regular con sus nietos que viene reconocido en el Código Civil y en otras legislaciones autonómicas. Así pues, para poder establecer un contacto habitual entre abuelos y nietos, se tendrá que interponer la correspondiente demanda judicial solicitando al juez el reconocimiento de sus derechos y disponer así de todas unas garantías legales que podrán ser invocadas ante cualquier autoridad, incluso frente a los padres.
“En los casos de divorcio en los que existen padres con hijos es habitual que los abuelos tengan una posición difícil en el conflicto debido a la cual la relación con sus nietos puede verse alterada. De hecho, muchos de nuestros clientes ignoran que existen vías legales que les amparan, por lo que siempre aconsejamos recurrir a profesionales para recibir el correspondiente asesoramiento legal”, afirma Amor Pelegrí, socia fundadora de Pelegrí Abogados.
De hecho, existe reciente Jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en la que el “Derecho de los Abuelos” ha sido considerado como autónomo, independientemente de la relación que los nietos tengan con los padres. Es decir, si los nietos tienen una verdadera situación de conflicto con sus padres ésta no tendrá que tener influencia alguna en que los abuelos puedan relacionarse con los menores.
Además, debido a la coyuntura económica de los últimos años, hasta en un 75% de los casos los abuelos ayudan económicamente a hijos y nietos con una aportación media de 265 euros al mes, lo que ha llevado a muchas familias a analizar de forma más concienzuda las consecuencias monetarias de una disolución matrimonial y la influencia de los abuelos en la economía familiar.