La horquilla de multas por esta cuestión que marca la ley varía desde los 40.000 euros en su franja más baja, hasta los 400.000 euros en la máxima, y hasta ahora se estaban imponiendo por valor de 40.000 euros.
De esta forma, las propuestas de sanción que se impongan a partir de ahora a quien realice esta actividad de manera ilícita serán por valor de 80.000 euros, el doble de lo que se venía haciendo hasta ahora, con el objetivo de disuadir a estas personas para que cesen en su actividad, y de proteger y garantizar la seguridad jurídica de toda la oferta legal en el sector turístico.
En palabras del conseller de Turismo, José Marcial Rodríguez Díaz, “la oferta ilegal, independientemente del sector en el que actúe, supone no solo una competencia desleal muy dañina para todos aquellos que hacen bien las cosas en nuestra isla, que son la inmensa mayoría, sino un problema terrible para la convivencia, algo contra lo que queremos luchar y erradicar”.
Además, en esta línea, y a partir del Decreto de Simplificación Administrativa recientemente aprobado por el Govern de les Illes Balears, el departamento de Turismo del Consell de Mallorca a partir de ahora en todos los inicios de incoación de expedientes sancionadores incorporará la obligación del cese de la actividad.
Los derechos de la persona sancionada se mantienen inalterables y podrá presentar alegaciones al expediente tal y como venía sucediendo hasta ahora. Así, dispondrá de 7 días para alegar sobre la exigencia de cesar su actividad y el plazo para cursar alegaciones sobre la sanción será de 15 días en este caso, en virtud del nuevo decreto aprobado por el Govern.
Por último, en el caso de que en 7 días presente dichas alegaciones y no sean satisfactorias, el departamento de Turismo del Consell de Mallorca trasladará a Fiscalía estos incumplimientos para que procedan según corresponda.