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Ya se pueden solicitar las ayudas del Govern para el alquiler de viviendas

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El Govern ha publicado este sábado la convocatoria de las ayudas de alquiler 2023, con una dotación de 8,77 millones de euros, y la solicitudes se podrán presentar a partir del próximo 15 de noviembre.

Según ha informado Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad en una nota de prensa, el Govern ha publicado este sábado las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de alquiler del año 2023 en el BOIB, que cuenta inicialmente con una dotación de 8,77 millones de euros. El plazo para presentar solicitudes se abrirá el próximo 15 de noviembre y finalizará el día 15 de diciembre, tal y como ya se hizo en la convocatoria del pasado año.

La partida de la convocatoria de 2023 asciende a 8.774.766,38 euros, de los que 6.574.766,38 euros provienen de fondos estatales a través del Plan Estatal de Vivienda y 2.200.000 euros de fondos propios de la Comunidad Autónoma, y se dirige a personas con escasos recursos económicos y con alquileres mensuales de hasta 900 euros en su domicilio habitual. Son ayudas a los alquileres pagados en 2023.

Las ayudas cubren un máximo del 50 por ciento de la renta del alquiler, con un límite de ayuda por vivienda de 3.000 euros anuales, manteniendo también los límites de ingresos establecidos para poder acogerse a la convocatoria. Como regla general, los ingresos del núcleo familiar no pueden ser superiores a 24.318 euros anuales, tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (Iprem).

Este límite se aumenta en determinados casos hasta los 32.424 euros (cuatro veces el Iprem) si se trata de una familia numerosa de categoría general, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo; y hasta los 40.530 euros (cinco veces el Iprem) en el caso de familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 por ciento.

Este año, se ha habilitado una página web de la nueva convocatoria de las ayudas, 'Ajudes Lloguer 23', en la que se puede consultar la información relativa a las ayudas y, una vez se abra el plazo, se podrán tramitar las solicitudes de forma telemática. Esta web estará operativa a partir de este próximo lunes 16 de octubre. También se podrán pedir citas presenciales para facilitar su presentación a las personas que requieran su apoyo en la tramitación.

Los requisitos para optar a las ayudas son, entre otros, ser titular de un contrato de alquiler de vivienda en Baleares de una duración mínima de un año; la vivienda alquilada debe constituir la residencia habitual y permanente de la persona solicitante; la renta máxima del alquiler será igual o superior a los 900 euros mensuales; tener los titulares del contrato la nacionalidad española o la residencia legal; estar al corriente del pago de las rentas del alquiler en el momento de la solicitud; y cumplir con los requisitos de ingresos máximos establecidos.

Asimismo, como viene siendo habitual, estas ayudas no son compatibles con ninguna otra ayuda para el pago del alquiler del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, ni con las que, para esta misma finalidad, puedan conceder la Comunidad Autónoma, las entidades locales o cualquier otra Administración o entidad pública.

Esta incompatibilidad no afecta a las ayudas excepcionales a víctimas de violencia de género, víctimas de tráfico con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas objeto de desahucio de la vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables. Así como las personas perceptoras de prestaciones no contributivas de la seguridad social ni las beneficiarias del ingreso mínimo vital.

Actualizado: 16 de octubre de 2023 , , ,

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