Una de ellas es la obligatoriedad de usar la mascarilla de forma correcta, tapando la nariz y la boca, en zonas exteriores, medida que se suma a la ya en vigor desde el año pasado de utilizarla siempre en interiores.
Pero, ¿qué pasará si no usamos la mascarilla en exteriores? ¿Es un delito o una falta? ¿Seremos sancionados? ¿En qué cuantía?
A la espera de conocer los detalles del decreto que aprobará el Gobierno de España, en la anterior fase de uso obligatorio de la mascarilla en exteriores, no ponérsela en los lugares obligatorios o llevarla mal colocada se consideraba una infracción leve al decreto de medidas preventivas de expansión de la pandemia y, por tanto, un acto sancionado con 100 euros.
Del decreto que será aprobado hoy también se espera que concrete cuales son las excepciones al uso de la mascarilla en exteriores. Ya se ha avanzado que no será obligatoria en la práctica deportiva, en las playas y espacios naturales y en las zonas aisladas y sin otras personas alrededor. Se espera, asimismo, que se exima de llevar la mascarilla si entre las personas hay más de un metro y medio de distancia, aunque este punto aún no se ha concretado.