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Aprobado un decreto ley para agilizar la tramitación de los proyectos para captar fondos europeos

El Consell de Govern ha aprobado este lunes un decreto ley con el que crea un marco administrativo excepcional que dará prioridad y urgencia a la tramitación de los proyectos incluidos en el plan que actualmente elabora la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas adscrita a la Conselleria de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.

Así ha sido comunicado este lunes en la rueda de prensa tras el Consell de Govern por el portavoz del Govern, Iago Negueruela, y el conseller de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, Miquel Company. El objetivo de este decreto es crear un marco general básico dirigido a movilizar, de manera inmediata, el máximo de inversiones y proyectos estratégicos para la comunidad autónoma, especialmente aquellos que sean susceptibles de ser presentados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno, dado el calendario temporal marcado por la Unión Europea.

Con este fin, en cuanto a las tramitaciones consideradas estratégicas, el Govern suspende algunos trámites que no resultan imprescindibles para garantizar la idoneidad de los procedimientos, a la vez que acorta los plazos de los trámites que sí son ineludibles.

Durante la presentación, el conseller Company ha explicado que el Govern, con este decreto ley, lo que está trabajando es en "crear el plan estratégico por el que se regirá la Oficina de Proyectos europeos", que debe ser entregado a Europa en el plan marco del Gobierno antes del 30 de abril. "A partir de ahí se trabajará en diferentes proyectos, en su recopilación, impulsados desde el ámbito público o privado", ha reseñado.

De este modo, el titular de la Conselleria de Fondos Europeos ha remarcado que "ahora mismo" se está avanzando en la normativa a nivel administrativo y, en el momento que los proyectos estén "más trabajados", se presentarán públicamente.

Las medidas adoptadas serán aplicables a todas las actuaciones relacionadas con proyectos considerados estratégicos que lleve a cabo la Administración regional, pero también a diferentes trámites de las que llevarán a cabo los consells insulares, los ayuntamientos y los entes integrantes de sector público instrumental.

El decreto supone el desarrollo de las disposiciones estatales dictadas para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el Real Decreto Legislativo 36/2020 medidas en materia de gestión presupuestaria, contratación pública y de procedimiento y también hace extensivo el marco administrativo de prioridad y urgencia a la distribución de los 855,7 millones de euros en ayudas directas estatales para empresas y autónomos.

Así, la concesión de estas ayudas directas estatales para empresas y autónomos no tendrá que someterse a la fiscalización previa de la Intervención General de la CAIB, aunque sean objeto de control financiero, y también se beneficiarán de otras medidas de agilización y simplificación de las convocatorias y las bases de las líneas de subvenciones y de su justificación.

En este sentido, este decreto ley también agiliza la justificación de las ayudas porque no será necesaria la justificación de los gastos inferiores a 6.000 euros, para los que se permitirá una declaración responsable de la persona física o la entidad beneficiaria.

La Oficina para la Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas tiene el encargo de elaborar un plan estratégico para lograr la transformación de Baleares hacia un nuevo modelo económico y social, de acuerdo con los objetivos generales del Pacto de Reactivación.

Además, será la encargada de llevar a cabo el seguimiento estratégico, la evaluación y, en general, la coordinación de los proyectos, no sólo de aquellos que obtengan financiación europea sino de todos los que hayan sido declarados estratégicos en el marco de consenso mencionado.

Por ello el decreto prevé la creación de órganos colegiados específicos para la gobernanza, la coordinación y el seguimiento de los proyectos, así como otros instrumentos de planificación estratégica que se consideren adecuados para su oportuna implementación y ejecución. La inclusión de los proyectos en el plan estratégico autonómico implicará, en todo caso, su tramitación urgente y su despacho prioritario.

Por consiguiente, además de la reducción de plazos, los entes y los órganos que deban intervenir en el procedimiento de estos proyectos estratégicos tendrán que tramitarlos inmediatamente y con preferencia sobre otros expedientes. Si las administraciones públicas y sus entes instrumentales no emiten, en los plazos máximos establecidos, los informes preceptivos, estos se entenderán favorables.

Por otro lado, el Govern puede declarar de interés autonómico los proyectos que formen parte del plan estratégico, de forma que aquellos que sean promovidos por órganos de las administraciones públicas o de sus entidades instrumentales y que requieran licencia urbanística o comunicación previa, podrán ser aprobados por el Consell de Govern a propuesta de la Conselleria de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.

Con la aprobación de esta norma, se generaliza la tramitación de urgencia y el despacho prioritario en cuanto a normas y procedimientos administrativos que comportan expedientes de gasto, y se establecen medidas especiales en materia de suscripción de convenios, en consonancia con la regulación estatal.

También se flexibilizan procedimientos presupuestarios y se establecen ciertas normas especiales en materia de subvenciones; los proyectos que se hayan de materializar mediante la concesión de una subvención o ayuda a un beneficiario concreto, se deben resolver por las normas de concesión directa, siempre respetando los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, eficacia, celeridad y eficiencia en la asignación y la utilización de los recursos públicos.

En materia de contratación pública, se prevé la aprobación de modelos de pliegos estandarizados, que deben permitir una contratación más ágil.

En cuanto a la gestión del personal que será necesario para llevar a cabo el impulso y el seguimiento de los proyectos, se determina la preferencia del personal empleado público disponible en la Administración regional y su sector público instrumental, pero se habilitan sistemas de máxima agilidad para la cobertura de plazas. En esta línea, se han previsto herramientas de agilización del sistema de comisión de servicios y de atribución temporal de funciones.

Excepcionalmente, la cobertura de estas necesidades de personal se podrá llevar a cabo mediante el nombramiento de personal funcionario interino, de personal estatutario temporal, o con contratación de personal laboral temporal nombramientos o contratos que no excedan la duración fijada en el programa de destino y, como máximo, cuatro años improrrogables.

Otra medida prevista, durante 2021 y 2022, en relación con la selección de personal funcionario interino es que, cuando se hayan agotado las bolsas vigentes y la carencia de personal pueda suponer un perjuicio grave en la prestación de servicios esenciales, se podrá llevar a cabo un procedimiento extraordinario de selección de funcionarios interinos, habiéndolo comunicado a la Mesa Sectorial de Servicios Generales. Concretamente, cuando sea necesario cubrir un grupo homogéneo de plazas, se podrán hacer llamamientos con carácter colectivo y de manera telemática.

En cuanto a la gestión presupuestaria, el decreto contiene normas específicas en relación con los límites ordinarios de los gastos plurianuales agregados, con el aprovechamiento de créditos no ejecutados y con la generación de crédito vinculado a la recaudación estimada de los fondos Feder y FSE del programa operativo 2014-2020 También se establece, para los expedientes financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que el plazo máximo de ejecución puede llegar a 2026.

Actualizado: 14 de marzo de 2022 , , , , , ,

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