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La Audiencia Provincial condena a dos hombres por corrupción de menores

La Audiencia Provincial han condenado este sábado, en Palma, a dos hombres, uno de nacionalidad española y otro de origen nigeriano, por su responsabilidad en delitos de corrupción de menores.

El Tribunal considera probado en la sentencia que el varón español ha venido relacionándose, al menos, durante 2019 y hasta el momento de su detención, con menores de edad, manteniendo contacto con ellas a través de su móvil y concertando citas con las mismas, a través de otra menor de edad, amiga de aquellas.

Además, considera probado que mantuvo conductas de naturaleza sado o fetichista con menores, entregándoles a cambio dinero, invitándolas a comer o al cine.

El hombre de 64 años y de nacionalidad española ha sido condenado a dos años de prisión, después de haber reconocido que varias veces dio a las víctimas billetes de 20 o 50 euros o les invitó a cenar o al cine, a cambio de prácticas fetichistas en las que él actuaba como 'esclavo' y las chicas como sus 'amas'. Inicialmente se pedían cinco años para él.

Además, la Sala le ha prohibido acercarse a menos de 300 metros y comunicarse por cualquier medio con las víctimas; así como le ha impuesto someterse a un programa formativo de educación sexual; le ha condenado al pago de 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil y al pago de la mitad de las costas.

Por otra parte, la Sala considera probado que el hombre de 39 años y origen nigeriano ha mantenido contactos con menores de edad durante 2019 y hasta la fecha de su detención.

Así, la sentencia señala que en meses anteriores a su detención se relacionó con una menor, a quien propuso mantener relaciones sexuales a cambio de dinero. Sin embargo, ella no aceptó. El ahora condenado le ha regalado dinero y ropa. Además, cuando estaban juntos consumían droga que él proporcionaba.

La Audiencia de Palma también considera probado que el hombre de origen nigeriano mantuvo encuentros con otras menores, inclusive con una menor de 14 años de edad.

Por todos estos motivos, ha sido condenado a ocho años y seis meses de prisión; así como a ocho años de libertad vigilada; a pagar a cada una de las víctimas 2.500 euros en concepto de daños morales y a pagar las 4/5 partes de la mitad de las costas.

Uno de los magistrados del Tribunal ha emitido un voto particular en el que, pese a no discrepar de los hechos probados, considera que esta condena debería de ser de cuatro años y tres meses de prisión.

Actualizado: 14 de marzo de 2022 , , , ,

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