La asesora técnica del desconfinamiento, Margalida Frontera, ha explicado en una rueda de prensa que el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) publicará este sábado el decreto firmado por la presidenta del Govern y que se complementará con una resolución de la Conselleria de Salud para que los ayuntamientos puedan autorizar la ocupación de la vía pública por parte de los establecimientos de restauración. El decreto y la resolución se publican y entran en vigor el sábado, 14 de noviembre.
Por su parte, el portavoz del Comité Autonómico de Gestión de Enfermedades Infecciosas, Javier Arranz, ha argumentado la prórroga a pesar de la "ligera mejora" de la situación en Ibiza, que ha conseguido bajar de los 300 casos la incidencia acumulada a 14 días por cada 100.000 habitantes.
Respecto a Manacor, cuyo confinamiento se ha prorrogado también, Arranz ha destacado que se ha conseguido modificar la tendencia y que "poco a poco" la incidencia acumulada va disminuyendo, aunque la tasa sigue alrededor de los 600 casos por cada 100.000 habitantes.
En términos generales, el doctor Arranz ha resaltado que la tasa de positividad en la última semana va bajando "poco a poco" hasta situarse alrededor del 6 por ciento, aunque ha destacado que en una semana se han registrado 19 ingresos más y seis nuevos ingresos en UCI. Arranz ha recalcado también que en la última semana se han constado alrededor de 1.835 positivos.
En el conjunto de Balears, la incidencia acumulada a 14 días es de 260 casos lo que ha supuesto por primera vez en varios días en aumento, ha recalcado Arranz, un descenso respecto al día anterior. "Parece que tímidamente comenzamos un descenso", ha añadido.
De este modo, en términos generales, Arranz se ha mostrado optimista ante una "ralentización" del incremento de contagios que permite hablar de una "buena evolución".
En el caso concreto de Manacor, Frontera ha explicado que las restricciones de movilidad facilitan que los contagios no se incrementen ni en el núcleo urbano ni en los alrededores. En este sentido, según ha explicado, se están incrementando controles en el transporte público para comprobar las justificaciones de movilidad de los usuarios.
Según han señalado, desde la entrada en vigor de las medidas dictadas en el citado Decreto 12/2020, la incidencia acumulada a 14 días ha pasado de 249 casos por 100.000 habitantes el día 27 de octubre a 307 casos por 100.000 habitantes en fecha 9 de noviembre, un incremento del 25 por ciento.
Este indicador se ve compensado por otro indicador epidemiológico que evidencia los cambios a más corto plazo, la incidencia acumulada a siete días, que ha disminuido de 151 casos por 100.000 habitantes a 129 casos por 100.000 habitantes, una reducción del 15 por ciento acompañada por una "muy significativa" disminución en la tasa de positividad, que ha pasado del 13 al 7 por ciento.
Según han destacado, como consecuencia de los contagios originados en los días previos a la aplicación de las medidas se llegó a una incidencia máxima a catorce días de 336 casos por 100.000 habitantes, lo que evidencia más aún la relativa mejora en la situación epidemiológica con la contribución de las medidas de prevención decretadas.
A pesar de esta "tímida mejora", los datos epidemiológicos todavía se sitúan de forma muy marcada por encima de las cifras que el Centro Europeo de Prevención y Control de Enfermedades (ECDC) considera de riesgo (60 casos por 100.000 habitantes en 14 días y un 3 por ciento de positividad de las pruebas PCR).
Han destacado también que ninguno de los municipios de la isla de Eivissa se encuentra por debajo de estos parámetros, lo que demuestra la existencia de transmisión comunitaria, que requiere de medidas contundentes de contención de los contagios.
Asimismo, la Conselleria de Salud y Consumo ha dictado una resolución que afecta principalmente a los establecimientos de restauración, para los que todavía se mantienen varias restricciones pero que, con permiso de los ayuntamientos, podrán ocupar la vía pública.
las autoridades municipales, siempre y cuando el tráfico rodado no se vea imposibilitado, podrán autorizar la ocupación de vía pública destinada al tráfico rodado o estacionamiento de vehículos, inmediatamente adyacente a las terrazas o fachada de los locales destinados a restaurantes, bares o cafeterías, para su ocupación provisional con mesas, como terraza de estos locales.
En ningún caso la suma de las plazas de las terrazas o de los espacios exteriores ocupados ordinariamente por el local y las autorizadas provisionalmente podrá exceder del aforo ordinario de la terraza del local, o en el supuesto de que el local no disponga ordinariamente de terraza, del 50 por ciento del aforo ordinario autorizado del local.
Estas plazas provisionales de terraza quedan sometidas a las mismas reglas de disposición, máximo de ocupación de mesas y distancias que las plazas ordinarias.
En cuanto a las restricciones, se mantiene la prohibición del servicio de restauración en espacios interiores, excepto para la actividad de comida para llevar.
En los espacios exteriores, los establecimientos que ejerzan la actividad de restaurante o bar cafetería limitarán la capacidad al 50 por ciento.
La disposición física de las mesas o agrupaciones de mesas garantizará el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y no se permite el consumo en barra.
Además, se mantiene que todos los establecimientos de restauración (restaurantes y bares cafetería) tienen como hora máxima de cierre las 22.00 horas.