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Jesús Martín (Vivir sin deudas): "Los particulares, no solo las empresas, pueden beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad"

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Vivir sin deudas te permite cancelar tus deudas gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, Jesús Martín, socio y director de vivirsindeudas.es ha hablado hoy para los micrófonos de CANAL4 Radio.

El procedimiento, en caso de cumplir los requisitos, es muy sencillo, por un lado se hace un análisis de la situación de forma totalmente gratuita. Si el proceso puede llegar a ser exitoso, se prepara toda la documentación necesaria que se entregará en la notaría asignada al cliente para iniciar la fase notarial. Seguidamente se iniciará  la fase mediador concursal, la fase judicial y finalmente la cancelación de las deudas.

"Vivirsindeudas.es es una asesoría jurídica que ayuda a todos aquellos que cumplan los requisitos a poder volver a empezar" explica Jesús Martín, miembro de Martín Reverte y Asociados. "Recomenadamos que siempre que se tenga una insolvencia, cuando no se pueda hacer frente a los pagos de manera continuada, al menos se vaya a hacer una primera consulta" ha señalado Jesús Martín.

"Se analizará el caso, y si es viable según la ley, se puede iniciar el proceso y vivir sin deudas. Tenemos clientes que son particulares y también empresarios. Es necesario que entiendan la Ley de la Segunda Oportunidad como una herramienta que puede ayudarles a continuar" ha matizado el director de Vivirsindeudas.es. "No es solo para empresas, también para particulares".

REQUISITOS

Los requisitos para poder adherirse a la Ley de la Segunda Oportunidad son las siguientes:

  1. No hayan sido condenados por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años.
  2. Las deudas (en su totalidad) sean mínimo 10.000€ y máximo 5.000.000€
  3. No hayan realizado un concurso de acreedores o hayan negociado un acuerdo extrajudicial de pagos con todos los acreedores en los últimos 5 años.
  4. Ser deudor de buena fe.
  5. Demostrar que no se tiene patrimonio para hacer frente a las deudas o que el patrimonio es inferior a la deuda.

En todo caso, una primera consulta gratuita a vivirsindeudas.es será totalmente clarificadora pues no hay dos casos iguales.

Actualizado: 13 de octubre de 2020 , ,

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