En el auto, se explica que "aunque existan ciertas lagunas, e incidencias", "no hay suficiente prueba de cargo" para poder declarar que "han ocurrido los hechos objetos de denuncia, ni en la parte del cohecho ni en la parte de la prevaricación".
También se detalla que vistas las declaraciones de los testigos y la documental del concurso, se da una explicación técnica "del posible incremento del precio del concurso, que, aún así originó un beneficio para las arcas del Ayuntamiento".
En cualquier caso, la Sala indica que "al no existir ninguna parte pública ni privada que sostenga acusación", "es obligado", en este tipo de caso, "el sobreseimiento provisional de las actuaciones tal como solicita el Ministerio Fiscal".
La decisión se puede impugnar mediante un recurso de reforma y subsidiario de apelación o a través de un recurso de apelación.
En este caso, además de Rodríguez, que fue presidente del PP de Palma y Gijón, exdiputado del PP en el Parlament y exregidor en el Ajuntament de Palma, estaba investigado el empresario Antoni Roig.
Tras las investigaciones realizadas, por las que se vieron envueltos los padres y el hermano de Gijón, que fueron detenidos en junio de 2017, el juez decreta ahora el archivo.
Aunque los familiares de Gijón quedaron en libertad tras declarar ante el juez, finalmente este abandonó el PP y pasó a ser diputado del Grupo Mixto y regidor no adscrito en Corta. Rodríguez, por su lado, dimitió de sus cargos en el PP en 2016.