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Préstamos para cancelar embargos y paralizar subastas

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Una subasta es el paso último y final que se ejecuta dentro de un proceso de embargo de bienes por impago de cuotas de créditos o préstamos hipotecarios.

Aunque puede parecer que un embargo y una subasta son un callejón sin salida, por el impacto mediático que han tenido los desahucios y desalojos durante los últimos años, sí existen soluciones para detener el proceso en cualquiera de sus fases; mediante préstamos para cancelar embargos.

Cancelar un embargo o paralizar una subasta

Un embargo y la posterior subasta de bienes se produce por deber dinero a la administración, un ayuntamiento o una empresa, la cual ha iniciado un procedimiento de ejecución de deuda a través de un juzgado. Aunque en algunos casos puntuales se han podido detener y cancelar procesos de embargo y subasta de bienes por incumplir la normativa que regula este tipo de procedimientos, no suele ser habitual que los demandantes cometan errores en este aspecto.

La forma más efectiva y rápida de detener el proceso es muy simple: ofrecer y negociar un plan de pago de la deuda que haya iniciado todo el proceso.

Embargos y subastas: una incógnita para el acreedor

Para quién solicita la ejecución de una subasta para recuperar un dinero resulta muchas veces un misterio saber si el proceso va a permitir que se recupere todo lo que se debe.

Que un bien salga a subasta no significa que se vaya a obtener la cantidad prevista en la misma. Además una subasta solo se cerrará de forma satisfactoria si la puja más alta es como mínimo el 70% del valor del bien tasado y nunca se cerrará una subasta de forma satisfactoria si la puja más alta no cubre el 50% del valor tasado y además cubre todas las costas del proceso anterior de embargo y de la propia subasta. Esto significa que si esto ocurre el acreedor debe iniciar otro proceso de embargo y subasta de bienes hasta que se cubra el total de la deuda.

En resumen: en ocasiones un galimatías burocrático que se puede alargar durante muchos meses e incluso años. Por estas razones al acreedor (ya sea Hacienda, un Ayuntamiento o un banco) ejecutará una subasta solamente si no le queda más remedio.

Embargos y subastas: siempre a cargo del deudor

En el otro lado de la mesa se encuentra el deudor, y para quién debe el dinero, que se inicie un proceso de embargo y posterior subasta sobre él significa tener que pagar más dinero por la misma deuda.

Cada vez que se avanza un paso dentro de un proceso de impago se añade entre un 5% y un 30% de coste a la deuda inicial: se empieza con los intereses de demora, se continúa con los recargos por embargo y se añaden para terminar también las costas de organización y ejecución de la subasta, que pueden ser bastante elevados. Por esa razón en el caso de verse en una situación de impago lo mejor es negociar e intentar solucionar el contratiempo cuanto antes mejor.

Se recomienda ponerse en contacto con el acreedor nada más detectemos que tenemos dificultades para pagar las cuotas. La administración no nos dejará más margen de maniobra que el fraccionamiento de la deuda, pero un banco o entidad de crédito sí que agradecerá que actuemos de buena fe y se abrirá a una prórroga y/o ampliación de la vida del préstamo para facilitarnos poder pagarlo.

Como vemos, al deudor tampoco le resulta beneficioso que se ejecute un proceso de embargo y subasta sobre él.

Ofrece un plan de pago

Dado que una subasta es un asunto espinoso, delicado, burocráticamente y humanamente complicado y caro, en cualquier punto del proceso de embargo y subasta -sí, literalmente en cualquier punto del proceso, así lo dice la ley- el deudor tiene derecho a solicitar al secretario judicial encargado de la diligencia de embargo una comparecencia con el acreedor si es para ofrecerle un plan de pago.

Existen empresas especializadas en la paralización de embargos y subastas mediante la concesión de créditos rápidos a través de prestamistas particulares que ofrecen el dinero para extinguir la deuda.

¿Cómo pagar un embargo con un préstamo?

CreditoParticular.es estudia cada caso personalmente, si hay posibilidades reales de devolver el dinero, la empresa ofrece préstamos para cancelar embargos y diseña un plan de pago realista y asumible.

El dinero proviene de prestadores particulares que prestan su dinero a CreditoParticular.es. Pagar la deuda también evita que nos registren en ASNEF o RAI como morosos.

La única condición que exige CreditoParticular.es es que se disponga de una propiedad inmobiliaria que se pueda usar como garantía (una casa, local comercial, apartamento…) y que la deuda sea mayor a 12.000€. ¿Y tú, conocías este tipo de créditos para solucionar impagos?

Actualizado: 10 de junio de 2019 , , , , ,

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