El magistrado está llamado a declarar a las 10.00 horas en el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, órgano encargado de instruir la querella que presentaron los periodistas por tratarse el juez de un aforado.
El mismo día, también está citado a declarar, pero en este caso como testigo, el fiscal Anticorrupción Juan Carrau. Inicialmente fue llamado como investigado, pero recientemente la Sala del TSJIB estimó de forma parcial un recurso del fiscal jefe de Baleares, Bartolomé Barceló, y revocó la admisión de la querella respecto a Carrau. El fiscal Anticorrupción está citado a las 11.30 horas.
De hecho, las declaraciones estuvieron a punto de suspenderse porque el letrado de Carrau no podía acudir porque tenía señalado con anterioridad un juicio en otra Comunidad Autónoma. Ahora que el fiscal ya no comparecerá en calidad de imputado, sino de testigo, no podrá asistir con un abogado, un derecho que sí otorga la condición de investigado.
El cambio respecto a Carrau ha conllevado también el archivo del incidente de recusación que presentó contra la magistrada instructora, Felisa Vidal -cuya neutralidad el fiscal cuestionaba por sus vínculos con el expresidente del PP Jaume Matas, a quien Carrau ha acusado en varias ocasiones a lo largo de su carrera- y de la petición de nulidad de actuaciones.
El TSJIB también accedió a adelantar las declaraciones de los periodistas afectados, Blanca Pou, de Europa Press, y Kiko Mestre, de 'Diario de Mallorca', llamados como testigos. Serán el martes a las 10.00 y 10.30 horas, respectivamente.
Tras ellos, también comparecerá como testigo el inspector jefe de la Policía Judicial encargado de la investigación en el Juzgado. Se trata del agente que solicitó las medidas adoptadas por el juez, y que participó presencialmente en la incautación de los equipos. Además, elaboró un informe a petición de Florit, en el que defendía que los listados de llamadas de los periodistas eran "vitales" para investigar la revelación de secretos en las noticias publicadas sobre el 'caso Cursach'.
La querella se presentó después de que la Policía se incautara, por orden de Florit, de los teléfonos móviles de los dos redactores de Europa Press y 'Diario de Mallorca', en una pieza abierta para investigar el origen de informaciones periodísticas publicadas en relación al 'caso Cursach'. También requisaron ordenadores, un pendrive y diversa documentación en la sede de Europa Press.
Los periodistas y sus medios de comunicación interpusieron una querella contra Florit por prevaricación, delito contra la inviolabilidad del domicilio y vulneración del secreto profesional periodístico. Posteriormente, la documentación aportada al TSJIB reveló que el juez también había ordenado, antes de la incautación, obtener los listados de llamadas y posicionamientos de los móviles de Mestre, Pou, una periodista de EFE y los teléfonos fijos de la sede de las dos agencias de noticias en Palma. En el caso de Pou, requirieron a una operadora datos que abarcaban hasta enero de 2016.
Todas estas medidas fueron solicitadas por la Policía Nacional y avaladas por el fiscal Anticorrupción Juan Carrau. En cuanto al rastreo de los teléfonos, dio el visto bueno a la solicitud a las compañías telefónicas considerando la medida "no invasiva" y "proporcionada"; y en cuanto a la incautación del material, además de pronunciarse a favor de la requisa de los equipos, pidió que el acceso a la información abarcara "whatsapps, mensajes, correos electrónicos y otras redes sociales". Por ello, los periodistas le acusaban como "inductor" de las decisiones del juez.
A la querella se han adherido posteriormente la Asociación de Medios de Información (AMI) y la Agencia EFE.
El TSJIB descartó archivar la querella, como pedía el fiscal Barceló, al entender que "no se ha avanzado lo suficiente" como para descartar que los hechos "sean constitutivos de infracción criminal".
Respecto a las alegaciones de la Fiscalía, que aseguraba que las medidas adoptadas por el Juzgado no perseguían encontrar las fuentes de información de los periodistas, la Sala rechazó sus argumentos recordando que el secreto profesional, protegido en el artículo 20 de la Constitución, "no sólo protege la identidad" de las fuentes de los periodistas "sino que también cubre el material de trabajo" o "la metodología utilizada" para publicar una información. Además, destacaba que la Policía Judicial indicó en un oficio que la medida perseguía precisamente "descartar la filtración de terceros y una posible imputación errónea".
Asimismo, la Sala concluye que el oficio de la Policía "no es suficiente para descartar que se haya producido el acceso al contenido de los dispositivos intervenidos" porque "se trata de una exposición de hechos confeccionada por la misma autoridad que tenía los terminales bajo su custodia".
Dentro de la pieza por revelación de secretos que llevó a la querella de los periodistas, esta semana el juez Florit dio cuenta al TSJIB de un informe policial que incluye al anterior instructor del caso Cursach, Manuel Penalva, y al fiscal Anticorrupción Miguel Ángel Subirán, por tratarse de aforados.
El informe de la Policía les imputa a ambos, además de a cuatro agentes del antiguo Grupo de Blanqueo de Capitales, presuntos delitos de integración en grupo criminal, revelación de secretos, amenazas y coacciones a testigos, denuncia falsa, prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos, detención ilegal, alteración de pruebas e inducción al falso testimonio.
Este informe policial deriva del volcado de los teléfonos móviles de los dos primeros agentes detenidos tras rastrear las llamadas de los periodistas.