Deportes
Tiempo de lectura: 2 minutos

Habtur defiende que "no se puede regular el turismo prohibiendo"

El presidente de Habtur, Joan Miralles, ha valorado muy positivamente la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que amplía la nulidad de más preceptos sobre la vivienda vacacional porque avala que "no se puede regularizar el turismo prohibiendo un tipo de oferta como es la vacacional".

Según ha señalado Miralles en declaraciones a Europa Press, esta sentencia "da fuerza a los contenciosos que ha puesto Habtur en Mallorca, Palma y Menorca con el objetivo de evitar que se restrinja el alquiler turístico en zonas turísticas" por lo que, según ha explicado, el TS ha entendido que "las prohibiciones están motivadas por el interés de favorecer la oferta hotelera tradicional".

"Nosotros como patronal sí que vemos bien que exista un límite al turismo y un decrecimiento en el número de plazas pero nunca a costa de liquidar tan solo una parte del sector, una propuesta mucho más democrática que prohibir el alquiler turístico sería que los menores de 12 años computen como plaza como medida para evitar un aumento de la presión turística", ha añadido.

En esta línea, ha advertido a las instituciones de que cualquier regulación turística "tiene que contar con el sector turístico y con sus representantes porque no se puede regular de espaldas al sector", y les ha instado a "hacer una regulación más justa que promueva un turismo de valor añadido en el que los beneficios del mismo se repartan no solo entre propietarios de la oferta alojativa".

POSICIONAMIENTO DE LA ASCAV

Miralles ha hecho estas declaraciones después de que la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional, Ascav, haya celebrado la sentencia del TS explicando que sus argumentos "vuelven a ser duros y contundentes y alegando que dicha prohibición infringe claramente la libertad de empresa y la libertad de prestación de servicios, limitando la oferta turística sin justificación suficiente".

Además, añade que "no tiene sentido alguno" que la oferta de viviendas vacacionales se trate de excluir de los ámbitos donde debe localizarse preferentemente la actividad turística, apuntando como "única explicación plausible a esta cortapisa" que con ello se trata de "favorecer la oferta de productos alojativos turísticos tradicionales implantados mayoritariamente" en estas zonas turísticas, lo que entiende el TS, según ASCAV, que vulneraría la libre competencia en la prestación de servicios.

Ascav ha admitido que aún le "quedan muchas batallas por librar en defensa" de los propietarios de viviendas vacacionales en Canarias con las diferentes Ordenanzas Municipales anunciadas y la elaboración del nuevo Decreto Autonómico que regulará la vivienda vacacional. Si bien, concluye que seguirán tendiendo la mano como "único representante del sector en Canarias para negociar una regulación justa y acorde a los derechos".

Actualizado: 14 de marzo de 2022 , , ,

Noticias relacionadas

Comentarios

No hay comentarios

Enviar un comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este formulario recopila tu nombre, tu correo electrónico y el contenido para que podamos realizar un seguimiento de los comentarios dejados en la web. Para más información, revisa nuestra política de privacidad, donde encontrarás más información sobre dónde, cómo y por qué almacenamos tus datos.

magnifiercrossmenuchevron-down
linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram