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Los grandes propietarios tendrán que ceder sus pisos vacíos durante siete años

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La cesión de viviendas vacías de los grandes tenedores en Balears al Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi) pasará de los tres a los siete años según fija la actual Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y es uno de los efectos que tendrá en Balears el Decreto Ley, del 14 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler aprobada por el Gobierno central.

Así lo ha detallado el conseller de Territorio, Energía y Movilidad, Marc Pons, donde ha considerado que es "un cambio importante" que, a su parecer, "incrementa el tiempo de gestión por parte de la administración pública".

Asimismo, ha concretado otras modificaciones como, por ejemplo, que para los contratos de arrendamiento de renta reducida, con un precio por debajo de lo establecido en el plan de vivienda vigente, 900 euros en Balears, la actualización de precio no podrá ser nunca superior al Índice de Precios al Consumo (IPC).

Según ha apuntado Pons, hasta hace unos meses "no se había tenido apoyo por parte del Ejecutivo en decisiones legislativas que permitieran abordar el problema estructural".

En este sentido, Pons ha explicado que con Pedro Sánchez, se han podido ver "muchas medidas" entre las que destaca, a su juicio, el Decreto Ley en cuestión y que según ha apuntado sigue con "el espíritu y la filosofía que se ha ido desarrollando por parte del Govern".

EFECTOS EN BALEARS

En términos más concretos, Pons ha detallado que el Decreto modifica Leyes básicas como, por ejemplo, la LAU ya citada, la Ley de Enjuciamiento Civil, y la Reguladora de Haciendas Locales.

Por lo que respecta a los arrendamientos urbanos, se deja fuera "de una manera clarísima" que los alquileres turísticos puedan estar incluidos dentro de la LAU lo que supone, según ha explicado, que queden sujetos sin ningún tipo de excepción a la normativa sectorial turística.

En este sentido, "todos los alquileres vacacionales se tendrán que ajustar a los requisitos de la Ley Turística o podrán ser sancionados".

Asimismo, se ha recordado que, relacionado con la modificación de la duración del cese de viviendas de grandes tenedores, que la nueva normativa estatal fija que los alquileres de vivienda habitual tienen que ser de cinco años en particulares y de siete en el de personas jurídicas.

En este sentido, Pons ha concretado que el Decreto hará posible "ir materializando" las cesiones de los pisos vacíos por los grandes tenedores, que son un total de 859, para poder ponerlos "lo ante posible" a disposición de la ciudadanía.

Asimismo, se ha detallado que se está desarrollando "al mismo tiempo" un trabajo de investigación para saber qué inmuebles vacíos no han estado registrados voluntariamente y ha explicado que hay ciertos "criterios objetivos" que determinan la desocupación de una casa.

Otros efectos que ha considerado "importantes" son, por un lado, el recargo del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) donde se prevé que los Ayuntamientos podrán modificar su ordenanza fiscal reguladora para aplicar un recargo de hasta el 50% en estas viviendas desocupadas.

Por otro lado, los Consistorios podrán establecer en sus ordenanzas fiscales reguladoras del IBI una bonificación de hasta el 95% para las viviendas de renta mínima limitada por una norma jurídica.

Además, también habrá más garantías para las personas vulnerables en caso de impago y en casos de desahucios, quien haga el requerimiento deberá avisar a los afectados que pueden recorrer a los servicios sociales que valorarán la vulnerabilidad y establecerán ayudas.

Actualizado: 10 de enero de 2019 , , , , , , , , , , ,

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