La Audiencia de Navarra desestima así la petición del ingreso en prisión de todos sus miembros por parte de la Fiscalía, la acusación particular y las acusaciones populares.
La decisión se ha tomado por mayoría de dos magistrados y con el voto en contra del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, que ha considerado que los cinco miembros de 'La Manada' debían entrar en prisión.
La víctima como acusación particular, la acusación popular ejercida por el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra y la Fiscalía pidieron el ingreso en la cárcel de los cinco procesados al confirmar la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra la condena impuesta de 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento.
Los cinco condenados quedaron en libertad en junio del año pasado tras abonar cada uno de ellos la fianza impuesta de 6.000 euros.
Cabe destacar que el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, José Francisco Cobo Sáenz, que ha emitido el voto en contra de mantener a La Manada en libertad, ha defendido su postura al considerar con la prisión provisional "se asegura la presencia de dichos procesado en el proceso cuando 'puede inferirse racionalmente un riesgo de fuga".
Así, Cobo Sánez ha explicado que "teniendo en cuenta la gravedad de la pena impuesta, consolida y refuerza los factores que deben ser evaluados, para apreciar que la medida cautelar personal es necesaria para procurar el fin legítimo asignado a la prisión provisional, concretado en la evitación de la sustracción a la acción de la justicia".