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Calvià sancionará con hasta 5.000 euros y el cierre del local la venta de alcohol a menores

Calvià sancionará con una multa máxima de 5.000 euros o incluso propondrá la clausura temporal para los establecimientos que vendan alcohol a menores, en aplicación de la Ley de Actividades en lugar de la Ordenanza de Convivencia, que recogía sanciones inferiores.

En concreto, a Comisión de Actividades del Ajuntament de Calvià ha decidido "sancionar con más dureza" o incluso cerrar los locales que vendan alcohol a menores tras recibir varias denuncias interpuestas por padres de menores afectados por el consumo de alcohol en locales de ocio del municipio, "lo que evidencia la necesidad de actuar con más contundencia", según ha informado este miércoles el Ajuntament de Calvià en un comunicado.

El consistorio ha trasladado a la Policía Local la necesidad de aplicar la normativa de la Ley de Actividades para frenar "el ocio etílico entre los menores en el municipio".

El Ajuntament ha recordado que hasta el momento, la venta de alcohol a menores se sancionaba a través de la Ordenanza de Convivencia, que tipifica tal conducta como infracción muy grave y le aplicaba una multa de 1.500 a 3.000 euros.

No obstante, y con el agravante de que la venta de alcohol a menores "es una práctica que se da a lo largo de todo el año", el consistorio ha decidido sancionar la conducta aplicando la Ley 7/2013 de Actividades, que prevé en el artículo 103.2 que es una infracción grave "consumir, despachar o permitir el consumo de bebidas alcohólicas cuando no esté permitido".

Así, dicho acto será sancionable con una multa que va de 1.001 a 10.000 euros, e incluso se podrá imponer la sanción de suspensión de la actividad o de inhabilitación para el ejercicio de la profesión por un máximo de seis meses.

Asimismo, este cambio de criterio en torno a la normativa se llevará a cabo siguiendo "estrictos criterios de proporcionalidad". El Ajuntament tramitará a partir de ahora estos expedientes con propuesta de sanción correspondiente al 50 por ciento de las sanciones previstas en la Ley de Actividades, lo que supone una multa máxima de 5.000 euros, acompañada "si fuera necesario" de una propuesta de clausura del establecimiento por un plazo de tres meses.

El Ajuntament ha explicado que con estas medidas, su objetivo final es "combatir este problema de salud pública y hacer efectiva la protección de los menores".

Actualizado: 14 de marzo de 2022 , , , , , , , , ,

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