Los servicios mínimos decretados, que afectan a las operaciones que la compañía tiene programadas a día de hoy, establecen que Ryanair deberá garantizar el 35% de los vuelos para cada ruta con ciudades españolas peninsulares con alternativas de transporte de menos de 5 horas y el 59% de los vuelos internacionales y para cada ruta con ciudades españolas peninsulares sin alternativa o alternativa superior a 5 horas.
Asimismo, Fomento ha decretado que la aerolínea irlandesa tendrá que operar durante los días de huelga el 100% de los vuelos domésticos con destino a las islas, así como dar todos los servicios cuya hora de salida programada fuera anterior al inicio de la huelga y cuya llegada prevista se produzca durante la misma.
Ryanair también deberá garantizar otras operaciones específicas como aquellas que puedan estar dando servicio en su caso al servicio postal universal, o las necesarias para posicionar aviones o tripulaciones para realizar las operaciones protegidas.
Esta decisión de Fomento se produce tras analizar con sus servicios jurídicos la pertinencia de fijar servicios mínimos esenciales para los trabajadores legalmente convocados a la huelga en las bases españolas de la compañía irlandesa.
"Estos servicios esenciales tienen como objetivo compatibilizar el interés general de los ciudadanos y en particular sus necesidades de movilidad, especialmente durante estos días de alta demanda vacacional, con el derecho de huelga de este colectivo de trabajadores", argumenta Fomento.
Ryanair es la compañía que más pasajeros transporta en el mercado español, con una oferta que supera las 400 rutas desde España. Según la información aportada por la propia compañía, cerca de 1.800 trabajadores podrán estar convocados a la huelga en las bases españolas.
Los sindicatos han presentado denuncias ante las Inspecciones de Trabajo de las ciudades en las que se encuentran las 13 bases que tiene Ryanair en España por "intromisión ilegítima en el derecho a huelga a ejercer por los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP), informó el sindicato USO.
Para los representantes de los trabajadores, la actitud de la compañía irlandesa constituye una "flagrante vulneración" del artículo 28.2 de la Constitución Española, así como una infracción "muy grave" en materia laboral contenida en la Ley de infracciones y sanciones del Orden social, vulneradora del derecho a la intimidad y dignidad de los trabajadores así como del derecho de libertad sindical.
Por ello, han presentado sendas denuncias en las inspecciones de Trabajo de Madrid, Málaga, Las Palmas de Gran Canaria, Barcelona, Alicante, Sevilla, Tenerife, Palma de Mallorca, Valencia, Gerona, Santiago de Compostela, Ibiza y Lanzarote.
El día 13 de julio, Ryanair solicitó por vía telefónica a los jefes de base información acerca del porcentaje de trabajadores que de manera estimada podrían secundar la huelga y, posteriormente, a estos responsables se les listaron nominalmente cada uno de los trabajadores para conocer expresamente si iban a hacer huelga o no, según detalla USO.
En la reunión mantenida el pasado 16 de julio para fijar servicios mínimos y que concluyó sin acuerdo, el comité de huelga manifestó a la empresa que no se iba a tolerar ningún tipo de injerencia o coacción hacia los trabajadores.
Ryanair, "haciendo caso omiso a la petición de los sindicatos", el 17 de julio envió a los trabajadores distintos correos en los que se encontraba un formulario que, según instrucciones de Recursos Humanos, debían rellenar para que la empresa conociera si iban a secundar la huelga del 25 y 26 de julio.
Se los emplazaba a dar contestación antes de las 18.00 del 18 de julio, advirtiendo de que, en caso de no responder, se les sería requerida nuevamente una respuesta.
Ernesto Iglesias, responsable de Vuelo de USO Sector Aéreo, considera que estas comunicaciones enviadas por la compañía irlandesa muestran "un ánimo claro por coaccionar, intimidad e infligir el temor suficiente en los trabajadores con el único objeto de obstaculizar por esta vía ilícita el ejercicio del derecho a la huelga".