El Ajuntament d'Alaior sostiene que la zonificación aprobada por el Consell vulnera la autonomía municipal y que ésta queda “en entredicho” a través de una “intervención totalmente coercitiva”. “De poco han servido las consultas realizada cuando en último término se desemboca en el intento de materializar una normativa que impone y restringe zonas de comercialización, haciendo caso omiso de las observaciones planteadas por los municipios”.
El Ajuntament d'Alaior considera que la prohibición en el casco urbano “está perjudicando en estos momentos a la economía general del pueblo y sus residentes”, ya que “hemos de hacer notar que el uso turístico durante apenas unos meses de verano contribuye a la configuración y mantenimiento de la estética tradicional del pueblo, a la vez que supone una ayuda para la renta de los titulares de la propiedad, que complementan sus salarios con estos ingresos extra”.
“El alquiler turístico en zona urbana –continúan las alegaciones- no ha generado hasta el momento ningún tipo de problema. Antes al contrario, reiteramos que pone en servicio una bolsa de edificios cuyos propietarios se ven animados a mantener y conservar. El uso turístico de casas de pueblo es frecuente y habitual y constituye un atractivo (turismo de interior) en toda la geografía nacional y no parece adecuado que una isla de vocación turística quiera asfixiar esta posibilidad, castigar a la renta de sus habitantes y condenar
muchas casas al abandono y ruina, en lugar de favorecer su reacondicionamiento y rehabilitación en parte con ayuda de unas rentas que en ningún caso suponen un negocio ni opulento ni desproporcionado, sino exactamente un complemento para las rentas de las familias”.
Asimismo, explica el Ajuntament que “el mismo razonamiento nos sirve para defender el uso turístico de edificaciones en suelo rústico. No se trata de abrir expectativas a nuevas construcciones pero sí permitir que se generen recursos para la propia conservación de un patrimonio que debería enorgullecernos, por su especial valor etnológico”.