En concreto, se establecerá un control administrativo obligando a la inscripción en un registro público, por lo que se podrían sancionar a aquellas personas que se dediquen a esta actividad sin estar inscritas con hasta 9.000 euros en las infracciones muy graves, según un comunicado.
El presidente del Colegio, José María Mir, ha explicado que "es imprescindible que se produzca esta regulación, principalmente para beneficiar los derechos de los consumidores".
"Tenemos el compromiso del Govern, y esperamos que la aprobación se produzca en breve porque es importante que se haga cuanto antes. Especialmente en épocas de mucha actividad en el mercado es cuando más timos, estafas y engaños se producen", ha expresado.
Respecto a los requisitos mínimos, Mir ha especificado que la nueva Ley "debe obligar a los agentes inmobiliarios a disponer de un establecimiento abierto al público o una dirección física en el caso de prestación de servicios por vía electrónica o telemática, acreditar la capacitación profesional de los agentes inmobiliarios o de los responsables de las agencias inmobiliarias que legalmente se establezca, así como contar con las garantías necesarias para responder por las cantidades recibidas a cuenta en el ejercicio de su actividad".
Además, ha destacado que se debe "contratar un seguro de responsabilidad civil con vigencia permanente y retroactividad suficiente que permita responder de la actividad mediadora y la creación de un distintivo y una placa de formato y características específicas para diferenciar y hacer reconocibles a los agentes y agencias inmobiliarias".