El Supremo ha estimado parcialmente el recurso del acusado -que ha sido condenado por asesinato, robo con violencia e incendio- y ha reducido la condena impuesta inicialmente por la Audiencia Provincial de Balears, que era de 36 años y nueves meses de prisión.
Así, el alto tribunal rebaja la pena porque entiende que no concurre la agravante "de aprovechamiento de circunstancias de lugar, tiempo y/o auxilio de otras personas" y porque el asesinato y "el robo se produjeron en concurso medial, lo que acarrea una reducción de la pena".
En todo caso, el Supremo recuerda que, de conformidad con el artículo 76 del Código Penal, se fija en 30 años de cárcel el máximo de cumplimiento efectivo de pena en este caso porque el acusado ha sido condenado por dos o más delitos y uno de ellos (el asesinato) está castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
Por otra parte, la Sala Segunda confirma la condena al acusado a indemnizar con 50.000 euros a cada uno de los dos hermanos de la víctima por los daños y perjuicios causados.