En el auto, recogido por Europa Press, la Audiencia considera que no existe delito de exhibicionismo en que sus padres, Margarita G.R. y Fernando B.B., mantuvieran relaciones sexuales en la misma cama que la niña, en ese momento de unos cinco años, porque ella "estaba dormida y situada de manera que no tenía visión directa de sus padres".
Asimismo, rechaza que se produjera un delito de pornografía infantil porque en las diez fotografías en que aparece la niña desnuda no hay "un inequívoco contenido sexual", además de que cree la versión de los padres --acusados en otra causa por estafa al recaudar ayudas para la enfermedad de su hija-- de que las fotografías del cuerpo tenían fines médicos al estar junto a otras de erupciones cutáneas y sarpullidos.