Tras conocerse los intereses de Moix en Panamá, la Fiscalía General del Estado recibió escritos -como el de la formación Contrapoder, representado por el abogado José Luis Mazón- en los que se pedía abrir un expediente gubernativo para resolver si realmente Moix, por su estatus profesional, estaba vulnerando el régimen de incompatibilidades reflejado en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal por tener la cuarta parte de una empresa familiar.
El artículo 57.7 del Estatuto de la Carrera Fiscal señala como incompatible con cargos fiscales "el ejercicio de toda actividad mercantil". Asimismo, el artículo 57.8 de esta misma ley establece que los fiscales no pueden desarrollar las "funciones de director, gerente, administrador, consejero, socio colectivo o cualquier otra que implique intervención directa, administrativa o económica en sociedades o empresas mercantiles, públicas o privadas de cualquier género".
Ante esto, el fiscal jefe Inspector de la Fiscalía General del Estado, Fausto Cartagena Pastor, emitió un decreto el pasado 26 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que directamente archiva este expediente gubernativo al no encontrar motivo disciplinario alguno en los hechos denunciados.
"No se advierte en los hechos denunciados atisbo alguno que permita incardinarlos en el tipo infractor disciplinario que pretende la denuncia, ni en ningún otro, sin que tampoco resulte procedente practicar diligencia alguna", dice el fiscal inspector.
Añade que ser el titular del 25 por ciento de una sociedad cuyo único bien es un inmueble -un chalé en Collado Villalba (Madrid), heredado de su padre--, "sin participar en ese ente (*) no comporta la comisión de infracción disciplinaria alguna".
La decisión del jefe del departamento de Inspección del Ministerio Público coincide plenamente con la opinión del fiscal general del Estado, José Manuel Maza, quien ha destacado en numerosas ocasiones que esta sociedad en Panamá no tiene atisbo de "ilegalidad", ni de "incompatibilidad" con el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, al tratarse de una herencia. "No obliga a comunicar su herencia a los superiores", precisó Maza en la rueda de prensa en la que anunció la dimisión de Moix.
Por otro lado, el fiscal Cartagena recuerda que la Inspección Fiscal no está obligada a iniciar una investigación de naturaleza disciplinaria "ante cualquier queja o denuncia" para "evitar actuaciones gratuitas o innecesarias" o que "puedan comprometer públicamente su buen nombre personal y profesional sin existir para ello debida justificación".
Contra esta decisión de la Fiscalía General del Estado, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante la misma Inspección Fiscal o, alternativamente, un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La Fiscalía del Tribunal Supremo también rechazó el 26 de junio de 2017 investigar a Moix por los mismos hechos, al considerar que ser el dueño de un 25 por ciento de una sociedad en Panamá, como hereditario de su padre, no responde a ninguna "conducta corrupta".
Manuel Moix dimitió al darse a conocer que desde 2012 es dueño junto a sus hermanos del 25 por ciento de la empresa Duchesse Financial Overseas constituida en 1988 en Panamá y propietaria de una propiedad inmobiliaria en Collado Villalba. Estuvo al frente de la Fiscalía Anticorrupción tan sólo 87 días.
Su gestión ha estado entredicho por las diversas polémicas nacidas por sus discrepancias con otros fiscales, como los del 'caso Lezo', o la sustitución de los adscritos al conocido 'caso tres por ciento' de CDC.