Según la sentencia, se da como probado que el hombre, el 9 de abril de 2016, tras no aceptar la ruptura de su relación sentimental, y aprovechando que había acudido al domicilio de su expareja, le introdujo unas gotas de esta sustancia en un refresco que estaba tomando en la cocina sin que la víctima se diese cuenta.
Tras esto, la mujer sufrió mareos, visión borrosa y dificultad en el habla por lo que fue trasladada al Hospital Universitario de Son Espases donde tras realizarle una analítica se descubrió que presentaba una cantidad de 899 ng/ml de escopolamina, que tardó dos días en curar.
La juez condena al hombre a una pena de 47 días de trabajos comunitarios, dos años de privación de tenencia de armas, dos de prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros a la víctima, orden que terminará el 11 de abril de 2018 y al pago de una indemnización de un total de 100 euros.