El Alto Tribunal ha desestimado los recursos interpuestos por dos de los inculpados, sobre quienes pesan delitos de pertenencia a organización criminal, robos con violencia en casa habitada con uso de armas, detenciones ilegales, lesiones, depósito y tenencia de armas de guerra.
En el juicio celebrado por estos hechos, cinco de los seis acusados admitieron los hechos. En concreto, la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palma, ahora confirmada, condenaba a los cinco acusados a penas de 68, 46, 20, 16 y 25 años y 6 meses de prisión.
Según el relato de hechos, la banda planificaba sus actuaciones irrumpiendo de forma violenta en las viviendas, maniatando a las víctimas y cubriendo sus rostros para no ser identificados.
Tal y como recoge la sentencia del TS, todos ellos formaban una organización que se dedicaba a cometer actividades contra el patrimonio y contra la libertad e integridad física y moral de terceras personas en Mallorca, con Carlos T.A. como jefe y teniendo los demás funciones como autores materiales, informadores y transportistas.
Los acusados participaban en los hechos aprovechándose y recibiendo parte de lo obtenido: el cabecilla de la banda se quedaba con el 50 por ciento del botín, el 20 ó 25 por ciento los informantes y el resto los demás que habían participado.
La sentencia confirmada señala que los acusados actuaban de común acuerdo con la intención de obtener un beneficio económico ilícito. En algunas ocasiones utilizaban un fusil de asalto HK G36, arma de guerra perteneciente al Ministerio de Defensa, si bien se desconoce cómo llegó el fusil a manos de la organización.