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Castro mantiene sobre Matas la prohibición de salir del país ante la proximidad de la sentencia del caso Nóos

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El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha denegado levantar las medidas cautelares que aún pesan sobre el expresidente del Govern Jaume Matas, como son la retirada del pasaporte y la prohibición de salir del territorio nacional, tras siete años encausado en el marco del caso Palma Arena.

Mediante un auto dictado este martes, el juez responde a la defensa de Matas que es "rigurosamente cierto" que éste ha comparecido ante el Juzgado en cuantas ocasiones ha sido requerida su presencia, pero "tan cierto como esto" es que "en breve" se dictará la sentencia del caso Nóos, en la que las acusaciones reclaman "penas muy graves" para el exmandatario autonómico.

Asimismo, señala que hay otras numerosas piezas de la causa que están pendientes de ser juzgadas, por lo que "la más elemental prudencia aconseja mantener por el momento las medidas residuales que aún perviven".

Se trata de las únicas medidas cautelares que le quedan después de que en febrero de 2014 Castro acordase eximir a Matas de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en una comisaría de Madrid, una obligación que el magistrado acordó en marzo de 2010 para evitar que el exministro pudiera sustraerse de la justicia.

Mientras tanto, en octubre de 2013 la Audiencia Provincial de Baleares dejó sin efecto otra de las medidas cautelares que le fueron impuestas a Matas en el marco de esta causa, la fianza carcelaria de 500.000 euros que pesaba hasta entonces sobre el expresidente, cantidad a la que ya fue anteriormente reducida la caución de tres millones de euros que el juez Castro le impuso en marzo de 2010 por riesgo de fuga.

Y es que fue tras tomarle declaración durante dos días cuando el magistrado decretó la fianza penal de tres millones de euros para el exministro dentro de esta compleja causa, una de cuyas principales líneas de investigación se centran en el enriquecimiento presuntamente ilícito del exalto cargo, que según las pesquisas no se corresponde con los ingresos que obtenía como presidente.

Se trata de unos hechos que niega de forma tajante el exdirigente del PP, quien durante su primera declaración ante el juez justificó sus dispendios en el cobro de ingresos no declarados por el alquiler de una vivienda de Palma.

De hecho, manifestó que parte del dinero que obtenía mensualmente por el alquiler de un local ubicado en la calle Sant Miquel, de Palma, no lo declaraba, justificando así que pagase en negro parte de los 400.000 euros que se gastó en reformar la vivienda que posee en el casco antiguo, más conocida como 'palacete', negando de este modo haber rehabilitado la vivienda con fondos públicos.

CONDENADO POR DOS PIEZAS SEPARADAS DEL CASO PALMA ARENA

Cabe recordar que Matas, sobre quien, por otro lado, pesa una fianza civil de 1,6 millones de euros por la contratación presuntamente irregular del arquitecto Santiago Calatrava para la elaboración del anteproyecto de un teatro de la ópera, ya ha sido condenado por dos piezas del caso Palma Arena.

Más en concreto, tuvo que cumplir nueve meses de cárcel por las irregularidades en la concesión de una subvención al periodista que redactaba sus discursos, y una multa de 9.000 euros por percibir una dádiva de 42.000 de un hotelero mallorquín, a cuya devolución también fue condenado.

Del mismo modo, Matas ha sido juzgado este año durante más de seis meses en el marco del caso Nóos. El fiscal anticorrupción Pedro Horrach reclama para él cinco años de prisión -frente a los once que solicitaba inicialmente para él-, al considerar que los contratos y convenios de colaboración rubricados por el Govern con el Instituto Nóos fueron una "farsa orquestada" por el expresidente.

Y ello "fruto de decisiones administrativas arbitrarias cuya única finalidad era beneficiar económicamente a unas personas concretas, obviando deliberadamente la utilidad e interés público que debe presidir cualquier actuación administrativa y omitiendo intencionadamente el procedimiento administrativo correspondiente".

Actualizado: 29 de noviembre de 2016 , ,

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