Según explican desde la asociación, el artículo 61 de este decreto atribuye esta potestad al director, mientras se investigan los hechos, con el objetivo de "evitar la persistencia de los efectos de la agresión y el posible amedrentamiento de testigos".
Así, dicen que esta normativa obliga al director, una vez conocidos los hechos, a incoar expediente disciplinario y el nombrar a un profesor instructor que, "sin perjuicio de la actuación de Fiscalía de Menores, debe averiguar los hechos y formular una propuesta de resolución".
Sobre esto, PLIS dice que "no se tiene noticia de que en el centro se haya cumplido esta obligación. Si esto fuera así, PLIS cree que sería "una dejación gravísima de responsabilidades y que inspección debería inmediatamente tramitar la destitución de la dirección del centro".
Respecto a la permanencia en el centro de los presuntos agresores una semana después de sucedidos los hechos es, a según PLIS, "una irresponsabilidad" de la dirección del centro.
Desde PLIS matizan que "aunque es cierto que esta medida provisional de expulsión es una facultad del director, la gravedad del caso, la alarma social producida y la persistencia del efecto de la agresión, con los presuntos agresores en el centro, habría aconsejado su expulsión.
Esta omisión indica, aseveran desde PLIS, que "o la dirección del centro no conocía las facultades que la ley le otorga", "lo que indicaría escasa profesionalidad, o que ha gestionado de la manera más torpe el procedimiento".